Registro electrónico
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50020. Certificado de Convivencia

50020. Certificado de Convivencia


Finalidad

  • El ciudadano solicita informe de convivencia en un domicilio o con respecto a ciertas personas
  • El servicio de información de policía local realiza las averiguaciones pertinentes
  • Se puede requerir al ciudadano documentación que acredite lo solicitado
  • Se emite el informe de convivencia que es firmado por el jefe de policía local y el concejal delegado del área de régimen interior y servicio al ciudadano.

Presentación

Modalidad presencial:

Registro General del Ayuntamiento

Órgano gestor

Servicio de Información - Policía Local

Plazo de resolución

El plazo de tramitación es de 20 Días

Efecto del silencio administrativo

No procede

Normativa básica

Pago de tasas

Información Adicional

Documentación a aportar

El Servicio de Información podrá solicitar documentación adicional para acreditar al convivencia

Documentación relacionada

- Solicitud : 50020. Certificado de convivencia
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